SEGURO AUTOMOTRIZ DE PERDIDA TOTAL TAXI

Modificado el Mar, 28 Nov, 2023 a 4:41 P. M.

COBERTURAS Y BENEFICIOS

La compañía se obliga a indemnizar la pérdida total del vehículo por daños materiales, robo, hurto o uso no autorizado. Se considerará pérdida total cuando el costo de la reparación de los daños supere el 75% del valor asegurado del vehículo al momento del siniestro.

 

REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD

Edad Mínima de Ingreso: 18 años.

Contratar el seguro simultáneamente con el crédito automotriz de Mitsui Auto Finance Chile Ltda.

 

¿QUÉ HACER EN CASO DE REQUERIR HACER USO DEL SEGURO?

Para denunciar un siniestro asociado al seguro de Automotriz de Pérdida Total Taxi, usted deberá dar aviso a la compañía y realizar el denuncio vía web en forma inmediata una vez ocurrido el siniestro o tan pronto el asegurado tome conocimiento de la ocurrencia de siniestro, ingresando a www.liberty.cl en la sección Denuncio Web/Automotriz, o llamando al centro de atención al cliente de Liberty Seguros, al 600 542 3789 de lunes a jueves de 09:00 a 19:00 hrs. y viernes de 09:00 a 15:00 hrs.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

• Fotocopia de cédula de identidad del asegurado, por ambas caras.

• Licencia del conductor (por ambos lados).

• Padrón del vehículo siniestrado.

• En caso de alcoholemia, el resultado del examen para proceder a liquidar el siniestro.

• Otros antecedentes que se estimen convenientes y necesarios para la evaluación del siniestro.

 

PRINCIPALES EXCLUSIONES

• Los daños producidos por deterioro, desgaste, uso normal, carga en exceso, o que se deban a desperfectos mecánicos. Sin embargo, se indemnizarán los daños causados por accidentes cubiertos por la presente póliza que provengan de dicho deterioro, desgaste, uso normal o desperfectos mecánicos.

• Los daños producidos por personas, animales u objetos transportados o remolcados en el vehículo y en la carga o descarga de los mismos.

• los daños que sufra el vehículo asegurado cuando sea conducido por una persona bajo la influencia de cualquier droga que produzca efectos desinhibidores, alucinógenos o somníferos.

• El asegurador quedará eximido de la obligación de indemnizar, conforme a esta póliza, cuando el conductor se negase a practicar cualquier examen que sirva para determinar la cantidad drogas en su organismo.

• Y las demás detallas en las condiciones generales de la POL 120130368 y cláusulas adicionales CAD 120130390, CAD 120130391, CAD 120130395, CAD 120130398 y CAD 120130400, todas debidamente inscritas en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

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